¿Qué son?

Los sellos o etiquetas de calidad son distintivos que, tanto en promoción como en venta, se materializa por un determinado cartel, anuncio, aviso en forma de sello , pictograma o hashtag. Estos signos o avisos de calidad son, ante todo, un medio de promoción comercial de un determinado producto o servicio, lo que para el consumidor equivale a expresar que se han respetado ciertas características predefinidas especiales en los procesos de producción, distribución, selección, y elaboración.

Nuestro sello. DOP

La denominación de origen protegida (DOP) es un sistema de certificación de la Unión Europea, que garantiza la calidad y autenticidad de ciertos productos agroalimentarios, asegurando que su producción, elaboración y características están ligadas a una región geográfica específica. Este sello protege tanto a los productores como a los consumidores, garantizando que los productos cumplen con estrictos estándares de calidad y tradición.

Sello europeo de calidad Denominación de Origen Protegida.

Otros sellos de calidad. IGP, ETG, ECO.

La indicación geográfica protegida (IGP) es otro de los regímenes de calidad de la unión Europea que identifica un producto alimentario que es originario de un lugar determinado, una región o un país, tiene una calidad determinada, una reputación u otra característica que pueda esencialmente ser atribuida a su origen geográfico, y como mínimo una de sus fases de producción, transformación o elaboración se hace en la zona geográfica definida.

El sello especialidad tradicional garantizada (ETG), identifica productos agrícolas o alimenticios tradicionales que presentan una composición o un modo de producción o elaboración consolidados en el tiempo y que distinguen dichos productos de otros de la misma categoría.  El producto debe haberse producido o elaborado de manera tradicional durante al menos 30 años.

El Sello de Agricultura Ecológica de la UE es un símbolo que certifica que los productos alimenticios han sido cultivados o procesados de acuerdo con los estándares de producción ecológica de la Unión Europea. Estos estándares garantizan que los productos se producen sin el uso de pesticidas químicos, fertilizantes sintéticos, organismos genéticamente modificados (OGM) u otros aditivos artificiales.

Controles y Certificación.

Todos nuestros aceites obtenidos son sometidos a un análisis físico-químico y organoléptico acorde a la legislación vigente. Solo los que superen todos los procesos de control se envasan y salen al mercado amparados por la DOP y con la contraetiqueta numerada entregada por el Consejo Regulador.

La DOP se somete a los controles de un Organismo de control (ver apartado de “Estructura de Control”). Dicha entidad verifica el cumplimiento de los requisitos del pliego de condiciones, incluyendo el sistema de autocontrol de los operadores inscritos, el sistema de trazabilidad y el proceso de elaboración y del producto acabado. Con este objeto audita el sistema productivo o de elaboración de las explotaciones o industrias y comprueba su aptitud para ser operador, realizando controles periódicos, que incluyen en todo caso la revisión de la documentación y de la comprobación de la calidad del aceite envasado. Finalmente adopta las decisiones relativas a la certificación de las industrias de acuerdo con lo establecido en la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 (o norma técnica que la sustituya). Cuando no se cumplan los requisitos de este pliego de condiciones, no podrá comercializarse aceite bajo el amparo de la DOP.

Estructura de Control

La verificación del cumplimiento del pliego de condiciones de la DOP “Aceite Villuercas Ibores Jara” compete a una Entidad que satisface los requisitos establecidos por las normas de la Unión Europea para actuar como Organismo de Control. En concreto, se trata de una entidad que cumple con la norma técnica EN ISO/IEC 17065:2012 (Evaluación de la conformidad. Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios), o norma técnica que le sustituya, y que se encuentra debidamente acreditada en los términos establecidos en el Reglamento (CE) nº 765/2008, o norma que lo sustituya, y al que la Autoridad competente (Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura) le ha delegado la tarea específica del control oficial relativo a la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones de la DOP.